DECLARA;
PRIMERO: INCOMPETENTE PARA CONOCER DELA PRESENTE DEMANDA DE ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO, interpuesta por el ciudadano RODOLFO LINO MASTRANGELO CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.910.397, por corresponder la competencia al Juzgado de Protección al Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE DECLINA, la competencia al Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión remítase bajo oficio al Tribunal competente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe a los ocho (08) días del mes de febrero de 2024. Años: 213° de .....