Vista la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, presentada por el ciudadano ATILIO RAMÓN GONZÁLEZ GALENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.261.264, de este domicilio; asistido por el abogado JUAN NAPOLEÓN LUCAMBIO, Inpreabogado Nº 197.369, contra los ciudadanos MILAGROS GENOVEVA GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, ALEXIS JOSÉ GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, JAIRO RUBÉN GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, WILMER ANTONIO GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ Y KATYUSKA MILDRE GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, venezolanos,; por cuanto la misma no es evidentemente contraria a derecho, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda admitirla a sustanciación en todo cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
En consecuencia, emplácese a los demandados, ciudadanos MILAGROS GENOVEVA GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, ALEXIS JOSÉ GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, JAIRO RUBÉN GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, WILMER ANTONIO GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ Y KATYUSKA MILDRE GONZÁLEZ DO.....