III
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: "MIGDALIA JOSEFINA BELGODERI MARTINEZ", llevada bajo el Nº 126, por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Sucre, Guama, del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1960. En tal sentido de que donde aparezca el siguiente error y sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Que el funcionario publico encargado de asentar dicha acta de Nacimiento, incurrió en el error material de identificar a la madre de la solicitante así: JUANA FRANCISCA MARTINEZ, o sea le colocaron un segundo nombre de más así: FRANCISCA de mas, siendo esto totalmente incorrecto, por cuanto lo correcto sería: "JUANA MARTINEZ"