DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrita y presentada por el ciudadano JU KIM CHANG CARLOS, titular de la cédula de identidad N° 15.482.359, abogado, actuando en nombre propio y en su representación, con domicilio procesal en la avenida Cartagena con calle 25, edificio Chang Ok Ju, Municipio Independencia del estado Yaracuy. En consecuencia.
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1363 y 1364 del Código Civil, LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO suscrito entre la ciudadana DORSI MERCEDES MONTAÑEZ ORTIZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.126.973, y el ciudadano JU KIM CHANG CARLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.482.359; residenciado en la avenida Cartagena con calle 25, edificio Chang Ok Ju, Municipio Independencia.....