V
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, interpuesta por el ciudadano PEDRO MANUEL MENDOZA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.558.003, contra la ciudadana ANA FRANCISCA SEQUERA RUMBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.702.087, con fundamento en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, por haberse producido el abandono voluntario por parte de la Demandada. SEGUNDO: En consecuencia de lo expuesto en el particular primero, se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha 06 de febrero de 2001, por ante la Alcaldía del Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, según acta N° 01, del año 2001, llevada por an.....