Este Tribunal actuando como director del proceso y revisadas las actas procesales que integran el presente expediente, se evidencia que en el auto dictado el 09 de enero de 2017, cursante al folio 124 de la presente causa, el Tribunal dejó constancia que venció el lapso para la contestación de la demanda, sin embargo, del computo que antecede, se evidencia que dicho lapso vence el día de hoy (16/01/2017), razón por la cual en base a la obligación que tiene el estado de lleva a garantizar la tutela judicial efectiva, tal como lo ha señalado reiteradamente Tribunal Constitucional que sostiene que, "la tutela judicial efectiva es un derecho constitucional de naturaleza procesal en virtud del cual toda persona o sujeto justiciable puede acceder a los órganos jurisdiccionales, independientemente del tipo de pretensión formulada y de la eventual legitimidad que pueda o no, acompañarle a su petitorio"; en consecuencia, a fin de evitar un desequilibrio procesal y por consiguiente, cumplir con .....