DECISION
En merito de las razones anotadas, ente Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando como Tribunal de Alzada y administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con Lugar la cuestión previa del articulo 340 ordinal 6ª del código de procedimiento civil, planteada por la parte demandada LUIS GERARDO HEREDIA BARAZARTE y LUIS ORLANDO AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 7.555.569 Y 12.079.193 respectivamente en el momento de dar contestación a la demanda incoada por el ciudadano RAMON ELIAS SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 1.349.129 en el juicio de DESALOJO DE INMUEBLE.
Se condena en costas a la parte demandante.