Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana MARYLIN COROMOTO VILLORIA ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V.- 13.985.032, contra el ciudadano ORLANDO VÁSQUEZ PACHECO, quien es extranjero, de nacionalidad cubana, pasaporte Nº 0821098, con fundamento en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal contraído por ellos en fecha 17 de Julio de 2009, por ante el registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, según acta Nº 111, del año 2009.-
Asimismo, se deja constancia que la presente sentencia se dictó dentro del término