DECISION
En merito de las razones anotadas, este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, suspende temporalmente al TUTOR, ciudadano MOISES ALEJANDRO RIERA DUMITH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.852.642, y se nombra como TUTORA TEMPORAL, a la ciudadana ALEIDA MERCEDES RIERA DUMITH, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.475.586, quien tendrá todas deberes establecidos en la Ley, para el cuido de la ciudadana CARMEN MERCEDES DUMITH de RIERA.
De conformidad con el artículo 379 del Código Civil, se exhorta al ciudadano MOISES ALEJANDRO RIERA DUMITH, a rendir cuentas en el término de dos meses contados a partir de que quede firme la presente sentencia.