Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: "MIRIAN LUCIA SEQUERA", llevada bajo el Nº 304, por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio San Felipe, del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1954. En tal sentido de que donde aparezca el siguiente error y sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Le colocaron el primer nombre de la solicitante así: MIRIAM LUCIA, o sea el primer nombre MIRIAN con M al final, siendo esto totalmente incorrecto, por cuanto lo correcto es: "MIRIAN LUCIA" o sea su primer "MIRIAN" con "N" al final.-