DECISION
De acuerdo al análisis efectuado, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los RICHARD ANTONIO SANDOVAL ROJAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.096.112, y MARIA MERCEDES MONTOYA, Venezolana,, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.389.196., respectivamente, en consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante la Prefectura Civil del Municipio Sucre Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 41 del año 1.993.
Publíquese, regístrese y déjese copia.