Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS AL CONDENADO EN COSTAS, intentada por el ABG. BALMORE RODRIGUEZ NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.506.089, Inpreabogado N° 34.902, contra el ciudadano JULIO SANTOLARIA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.560.340, SEGUNDO: Se declara el derecho a cobrar honorarios por las actuaciones siguientes: , TERCERO: Se fija como límite máximo de honorarios del abogado intimante la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 159.000,°°), CUARTO: Se advierte que el presente fallo una vez firme, da por concluida la fase decla.....