Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: "MIRTHA COROMOTO VERMIGLIO SUAREZ", llevada bajo el Nº 588, por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1986. En tal sentido de que donde aparezca el siguiente error y sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Que el funcionario publico encargado de asentar dicha acta de Nacimiento, incurrió en el error material de colocar el apellido de la madre de la solicitante así: Suárez, con el acento en la letra a; siendo esto totalmente incorrecto, por cuanto lo correcto sería: "Suarez", "sin el acento en la letra a".-
Publíquese, regístrese y ejecútese la anterior sente.....