DISPOSITIVA.
Con fundamento a los razonamientos anteriores este Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: DECRETA LA INTERDICCIÓN CIVIL DEFINITIVA del ciudadano ANTONIO JOSÉ VACA ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.978.863, por aplicación expresa del artículo 396 del Código Civil en concordancia con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SE NOMBRA COMO TUTOR DEFINITIVO al ciudadano JERÓNIMO VACA FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.235.803, para que ejerza todos los actos administrativos y dispositivos sobre los bienes, derechos y acciones que le correspondan al declarado incapaz en la presente causa; igualmente, el Tutor deberá cuidar y proteger al interdictado atendiendo de cumplir y ut.....