DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana: ROSA MIGUELINA FOX TIMAURE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad No. 4.481.455, ,contra el ciudadano: JOSE IGNACIO FERNANDEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 2.854.700, asistido por el Abogado Romulo H., Estanga Graterol, Inpreabogado No. 14.571. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha: 31 de Julio de 1993, por ante la Prefectura Civil, hoy día Coordinadora del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolívar, Aroa del estado Yaracuy, según acta N° 41.
No hay pronunciamiento sobre los hijos, ni bienes, por cuanto los solicitantes manifestaron no haber procreados hijos durante el vínculo matrimonial, así como expresaron que no adquirieron bienes, pero en caso de existir los mismos, procédase a su liquidación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certi.....