declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO en el juicio de Divorcio, con base al artículo 757 del Código de Procedimiento Civil, incoado por el ciudadano OTILIO RAMÓN TOVAR RAMÍREZ, asistido por el abogado Amilkar Antonio Ojeda Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.262, contra su cónyuge, ciudadana OLINDA CARO.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente.