En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículo 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil le imparte la HOMOLOGACION, al convenimiento efectuado por el ciudadano JOSE ALEJANDRO RODRIGUEZ CAICEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.274.869, domiciliado en la Urbanización Norte Uno, Parcela Nro. 44, Jurisdicción del Municipio San Felipe estado Yaracuy, asistido por la abogada YUSBIRY CAROLINA PINEDA ALEJOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 115.081 parte demandada en el presente juicio por RESOLUCION DE CONTRATO, y aceptado por la parte actora ciudadana CARMEN JOSEFINA RODRIGUEZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.4.968.625, actuando en su propio nombre.....