En razón de las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana AGUILAR FLORES ADRIANA ELIMAR, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 22.318.903, con domicilio en la ciudad de San Felipe estado Yaracuy, representada judicialmente por los abogados ENRIQUE LEONEL PÉREZ y HUMBERTO BRITO BRITO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 141.169 y 5.180 respectivamente; contra la SOCIEDAD MERCANTIL TODOMACH2332 C.A, inscrita ante el Registro Mercantil del estado Yaracuy, en fecha 19 de septiembre de 2019, bajo el N° 15, Tomo 51, folio inicial135, folio final 135, con domicilio en la ciudad de Cocorote, calle 1, entre calles 2 y 3, Barrio Libertad, Municipio Coco.....