declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente demanda por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoado por el abogado en ejercicio de su profesión HUMBERTO BRITO BRITO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN RODRÍGUEZ BERMÚDEZ, contra el ciudadano JOSÉ MANUEL MORERA SÁNCHEZ, en consecuencia, declina la competencia por la materia en el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Veroes, La Trinidad, Manuel Monge, Sucre y Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.