DECISION
En base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por el ciudadano: CLEMENTE ENRIQUE HERNANDEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.123.383 y de este domicilio, asistido por el abogado SEGUNDO RAMON RAMIREZ ROJAS, Inpreabogado Nro. 30.758, extendida bajo el Nº.551, de los libros de Nacimientos llevados por ante la Dirección del Registro Civil del Municipio Peña y la de la Oficina de Registro Principal ambos del estado Yaracuy; para el año 1951. En consecuencia se ordena la corrección de dichas partidas de nacimiento, en los siguientes términos: en donde dice "... que tiene por nombre CLEMENTE HENRIQUE ...", e.....