De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, incoada por la ciudadana BEDDY MERCEDES TOVAR ACOSTA, quien estuvo inicialmente asistida y luego representada por las abogadas en ejercicio de su profesión Greisly James Rivero y Williana Escalona, contra la "ASOCIACIÓN COOPERATIVA YARADUL R.L." representada por su presidenta encargada, ciudadana AIDA LEONOR CASTELLANO PINTO, quien estuvo asistida por los abogados en ejercicio de su profesión Miguel Alfredo Bermúdez y Yanitza Alexandra Ramírez. En consecuencia se declara la NULIDAD DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Nro. 4, protocolizada por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracu.....