En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Se decreta la nulidad del auto de admisión de fecha 10 de octubre de 2006, así como de todos los actos consecutivos a éste, salvo, la diligencia que se encuentra agregada a los folios 292 y 293 del expediente. En consecuencia, se ordena la reposición de la causa al estado de dictar nuevo auto de admisión, siguiéndose al efecto, el juicio breve contenido en el Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 22 en su aparte 1º de la Ley de Abogados.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada por la Secretaria del Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracu.....