En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano JOSÉ ÁNGEL REAL LONGOBARDI, inicialmente asistido y luego representado por el abogado en ejercicio de su profesión Stanley Peña Muñoz, contra la ciudadana MARISOL CANELÓN VADEL, inicialmente asistida y luego representada por el abogado en ejercicio de su profesión Julio Torres, por DESALOJO DE INMUEBLE Y COBRO DE CANONES DE ARRENDAMIENTO INSOLUTOS.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, basada en el artículo 34.a) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios incoada por el ciudadano JOSÉ ÁNGEL REAL LONGOBARDI. En consecuencia, la parte demandada ciudadana MARISOL CANELÓN VADEL, deberá desalojar y por ende entreg.....