Por los razonamientos anteriormente explanados, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por EJECUSIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ha incoada el ciudadano ANTONIO JAVIER PEREZ BRITO, actuando en nombre y representación de los ciudadanos MARIA ESTHER GANCEDO DE RUBIO y de JOSE ANTONIO RUBIO REY, contra el ciudadano FRANK ANTONIO ANSELMI FUENTES, todos antes identificados.
SEGUNDO: SE ORDENA al ciudadano FRANK ANTONIO ANSELMI FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.383.553, y domiciliada en la Carrera 19, entre calles 12 y 13, sector San José, en la ciudad de Yaritagua del Municipio Peña del Estado Yaracuy, hacerle entrega a la parte demandante ciudadano ANTONIO JAVIER PEREZ BRITO, venezolano, mayor de edad, tit.....