Establecido lo anterior, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN Y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado por las partes en el expediente 1.025/07 de DESALOJO DE INMUEBLE, demandante ciudadana Norma Mercedes Meza Valera, asistida de la abogada YOLANDA ORDOÑEZ TRAVIESO, inscrita en el Inpreabogado con el número 109.935 y la parte demandada ciudadana Gleidy Marly Sánchez Sánchez, asistida de la abogada Maria O. Blanco Blanco, inscrita en el Inpreabogado con el número 13.408, todas antes debidamente identificadas. El tribunal se abstiene de dar por terminada la presente causa y de ordenar el archivo del presente expediente hasta tanto conste en autos el total cumplimiento de lo convenido entre las partes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada .....