Por todas las razones expuesta anteriormente, este Organo Jurisdiccional DESECHA dicha oposición y ordena la continuación del presente procedimiento, en el estado en que se encontraba para el momento de la oposición, para lo cual se le concede a las partes un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos de la notificación de esta decisión y así se decide. Líbrese boletas de notificación.