Por todos los argumentos precedentes, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE seguido por el ciudadano HITER ANTONIO OLIVEROS BECERRA, contra el ciudadano RENNY VIZCAINO HERRERA, todos antes identificados.
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano RENNY VIZCAINO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.370.410 domiciliado en la urbanización Las Acequias, Vereda 24, Sector 02, Casa número 02 de Cocorote, Estado Yaracuy, parte demandada en el presente juicio cancelar al ciudadano, HITER ANTONIO OLIVEROS BECERRA ya identificado, la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES (BS. 1.960.000,00) por conceptos especificados en la parte narrativa de este fallo y los meses que se han vencido ha.....