Por los razonamientos anteriormente explanados, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ha incoado el ciudadano ELVYN JOSE QUIROGA BAUDIN, contra la ciudadana LUIMAR SOLIANNY FRANCO MORA, todos antes identificados.
SEGUNDO: QUEDA RESUELTO de pleno derecho el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes y que aparece inserto a las actas a los folios 9 y 10, y SE ORDENA a la ciudadana LUIMAR SOLIANNY FRANCO MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.532.993, y. domiciliada en el Barrio Unión, Vereda 3, Cruce con la Carrera 2, distinguida con el número 19-72, sector Unión, de la ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, hacerle entrega a la parte demandante, ciudadano E.....