DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, incoada por la abogada LILA CRISTINA QUERO DE PEREZ, inscrita en el Inpreabogado con el número 33.119, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ARTEMICIA SBROLLINI DE PONENTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-910.483 y de este domicilio, en contra de la ciudadana DALIA BEATRIZ MUJICA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.384.116, y de este domicilio.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada de autos, ciudadana DALIA BEATRIZ MUJICA GONZALEZ, anteriormente identificada, hacerle entrega del inmueble a la parte actora, constituido por un (1) local comercial, ubicado e.....