este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos JOSÉ ALEXANDER QUIROZ CASTILLO Y NEYCAR KARELYS MARTINEZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos 17.256.199 y 19.355.141, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio PAULA X. QUIROZ O. quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.396, y DECRETA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos el día tres (03) de Julio de 2006, por ante el Registro Civil del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy según el Acta de Matrimonio signada con el Nº 13, folio 19 y 20 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad para el año 2006.