este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
PRIMERO: la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana ZAYDEE AGUSTINA COROMOTO RIVAS RAMIREZ, quien es venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, portadora de la Cédula de Identidad Nº 5.457.823 y domiciliada en la calle Bolívar, Nº 69, en Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: se nombra como Tutora Interina de la entredicha ZAYDEE AGUSTINA COROMOTO RIVAS RAMIREZ, a la ciudadana BEATRIZ JOSEFINA COROMOTO RIVAS RAMIREZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.509.428 y del mismo domicilio, en su condición de hermana de la misma, quien comparecerá ante este Tribunal a prestar juramento de ley. Advirtiéndosele q.....