este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA en los mismos términos en que fue expuesta la conciliación formulada por entre las partes, Abogada RAYMER NATHALY OROPEZA VILLALOBOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 147.435, en su carácter de Endosataria en Procuración de la ciudadana Nancy Ramona Gutiérrez (parte demandante) y la Abogada BELGIA CORTEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 120.691, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana Maria Gabriela Moreno de Prada, titular de la cedula de identidad Nº 13.462.085, (parte demandada) en la presente causa de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN. Así mismo, tal como fue solicitado por las partes, se ordena que una vez que conste en autos, el cumplimiento total de la transacción, se proceda al archivo del presente expediente y su respec.....