Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos YOSENID YAMILETH VASQUEZ REGALADO y FRANCISCO JAVIER NATERA HERNANDEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 16.593.411 y 14.919.051 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que los solicitantes dicen poseer sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Calle 4 entre Avenida 1 y Terrenos Agrícolas, Comunidad Teteiba Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 294,93 Mts2 y un área de construcción de 147,48 Mts2