Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio, interpuesta por los ciudadanos JOSE DAVID MACHADO CARRILLO y LUISA ELENA BRITO VELOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V- 10.227.630 y V- 9.824.609.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos ante el Registro Civil del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, según acta de Matrimonio Nº 003, Folio 003 al Vto. Del Año 2.008.