Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de DIVORCIO basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos LUZ ISABEL HERNANDEZ ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.274.447 y JOSE RAMON DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°. V- 7.589.257 respectivamente.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos en fecha 23 de Diciembre del año 1993, por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según acta de Matrimonio Nº 12, folio 40 y 41, del Año 1.993.