declara CON LUGAR, la Solicitud de FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, formulada por la ciudadana MARIA SUSANA DORANTE GRATEROL, en representación de su hijo identidad omitida, en contra del ciudadano CONCEPCION TRAVIEZO SUAREZ, antes identificados. En consecuencia, se fijan las cantidades de: 1) QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 500,00) mensuales por concepto de PENSION DE ALIMENTO, a partir de la presente fecha; 2) QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. F. 500,00) para gastos de Uniformes y Útiles Escolares, en el mes de septiembre de cada año; y 3) UN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 1.000,00) anuales para gastos de Aguinaldos, en el mes de diciembre.
La cantidad fijada por concepto de Pensión de Alimentos, es decir, la cantidad de Bs. F 500,00 mensual, corresponde al 35,53 % del salario mínimo actual, el cual es de Bs.1407,00. Dicho monto se incrementará automáticamente del mismo modo en que se incremente los ingresos del obligado de autos, todo lo cual está previsto en la Ley Orgáni.....