DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
como consecuencia de ello se establece al ciudadano: REINALDO JOSÉ BASTARDO NOYA, venezolano, mayor de edad, casado, cédula de identidad Nro. V- 7.010.579 y domiciliado en el Municipio Cocorote del estado Yaracuy, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención quincenal a favor de sus hijos el adolescente y niña: (Identificación Reservada) y de este domicilio, por la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SIETE CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 157,50) quincenales, que deberá entregar directamente a la madre del adolescente y niña: o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada quincena por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Cumplir, adicional a la cuo.....