REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, Catorce de Agosto del año Dos Mil Siete.-
197º y 148º
Vista el acta que ríela al folio 11 del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: VICKY MARIA SUAREZ y ALBERTO ANDREDE SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad N° V-10.859.550 y V-6.939.864, parte demandante y demandada, respectivamente, y el Adolescente beneficiario Identificación Reservada, a quien se le permitió opinar libremente sobre lo tratado y convinieron el monto de la Obligación Alimentaría a favor de su hijo: YEIXON ALBERTO ANDREDE SUAREZ, en la cantidad de CIENTO CIENCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.150.000,oo) QUINCENALES, a partir del 30/08/2007, los cuales serán entregados directamente a la demandante quien le .....