MOTIVA
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INTERDICCIÓN, de la ciudadana: LILIBETH JOSEFINA GOMEZ SANGRONA, venezolana, de diecinueve (19) años y diez (10) meses de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-20.498.489 y de este domicilio, incoada por la ciudadana: DILIA ROSA SANGRONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.518.423, y de este domicilio, en su condición de madre de la entredicha, quien se hizo asistir y representar judicialmente por la abogada: VIRGINIA MILAGROS ESCOBAR ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.454.014, I.P.S.A. N° 129.269, de este domicilio, designándosele a la referida ciudadana DILIA ROSA SANGRONA como TUTORA en su condición de madre de la ciudadana: .....