Acuerda, SUSPENDER TEMPORALMENTE LA PRACTICA DE LA MEDIDA DE ENTREGA MATERIAL, ordenada por el JUZADO SEGUNDO DE .LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, fijada para el día de hoy 05 de junio de 2007, en virtud de que esta juzgadora considera que lo solicitado no es contrario a derecho ni al orden al orden publico si mas bien en aras de una sana y recta administración de justicia así como cumpliendo con los preceptos constitucionales. En cuanto a lo solicitado por la parte actora en relación con la nueva oportunidad, se realizara por auto separado en su debida oportunidad. Asimismo se acuerda el regreso a nuestra sede. Es todo., siendo las 03:20 p.m. publíquese en la página Web llevada por este Tribunal. Es todo, termino, se leyó y conforme firman.