DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 5, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA DE PROTECCION y DE SU NÚCLEO FAMILIAR del ciudadano LEON EUSEBIO GARCIA Titular de la Cedula de Identidad Nº 3.481.015, Venezolano de 58 años de edad, de profesión u oficio Capitán de la Marina (R), residenciado en sector carbonero, San Juan de las Rosas, calle principal, tercera transversal, casa S/N, ( de dos plantas y columnas), Municipio Veroes Estado Yaracuy Consistente en RONDAS SUCESIVAS, por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Yaracuy, por un lapo de 90 días prorrogables a petición de la Unidad de Atención a la Victima.