DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE LA ORDEN DE APREHENSION: ) LUIS ANTONIO ARROYO BARCO VARGAS; Alias el "TATO", Quien es Venezolano, Mayor de edad, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, nacido en fecha: 23/01/84, soltero, obrero, Cédula de identidad Nª 16.483.885, Residenciado en la calle 23 con avenida Nª 03, Casa S/N; Chivacoa, Estado Yaracuy; Por la comisión del delito de HOMICIDIO cuya pena de conformidad con el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal; Pudiera ser en caso de ser considerado responsable de tal acto antijurídico, es de 15 a 20 años de Prisión; en perjuicio de la victima: Y. S. PERDOMO VARGAS por evidenciarse en los elementos de convicción presentados a este tribunal en la presente solicitud y en consecuencia cumple con lo estipulado en el ar.....