DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Oídas las exposiciones de las partes y por cuanto no existen objeciones en los planteamientos hechos por la defensa, el Ministerio Público, la Víctima y el imputado, se ACUERDA LA HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO REPARATORIO en virtud del cumplimiento del mismo, por las partes, ofrecido por el imputado y aceptado por la víctima, de conformidad con lo exigido en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal. se decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JOSÉ GABRIEL TORREZ POLANCO, titular de la cédula de identidad N° 15.483.346, residenciado en la Urbanización Luís Herrera Campins, calle principal de la Morita Nueva, sector 01, vereda 17, casa N° 11, Coc.....