DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE LA ORDEN DE APREHENSION: ROJAS PABLO WINDER , quien es venezolano, nacido en fecha: 04/10/79, soltero, titular de la cédula de identidad Nª 16.979.684, residenciado en el barrio el Jovito, calle Nª 6, casa S/N, Familia Espinoza Escorche, San Felipe Estado Yaracuy por la comisión del delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de la victima ciudadana: MARIA DE ROSARIA MERCHESE SERENO por evidenciarse en los elementos de convicción presentados a este tribunal en la presente solicitud y en consecuencia cumple con lo estipulado en el articulo 250 de lo establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que una vez aprehendido el mismo, deberán ser trasladado a la comandancia .....