DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 5, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA DE PROTECCION y DE SU NÚCLEO FAMILIAR de la ciudadana: MARY CARMEN GIMENEZ; titular de la cédula de identidad Nª 17.993.804, Venezolana, de ocupación del hogar, de 20 años de edad, residenciado en el sector tierra Amarilla, Callejón intermedio, entre carreras 7 y 8, casa de color rosado con rejillas blancas, Yaritagua municipio Peña del Estado Yaracuy; Consistente en RONDAS SUCESIVAS, por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, por un lapo de 90 días prorrogables a petición de la Unidad de Atención a la Victima.
Ofíciese lo conducente al Fiscal Superior del Estado Yaracuy la presente decisión. Notifíquese a las víctimas. Cúmplase.