DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se califica en Flagrancia, la detención de los imputados, NELBUIS ERNESTO CASTILLO CAMACHO, HENRY RAMON CAMACHO Y CARLOS MANUEL VISCAINO, por cuanto fue aprehendido en uno de los modos establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, según consta en acta policial de fecha 14 de Agosto de 2007; suscrita por los funcionarios actuantes SEGUNDO: Se Decreta la Aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por solicitud del Representante del Ministerio Publico, a fin de que pueda realizar las actuaciones pendientes por la investigación del caso y la Defensa pueda tener acceso a los medios probatorios respectivos. .....