DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa, decide lo siguiente: Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en fecha 29 de Noviembre de 2006 en toda y cada una de sus partes tantos en los hechos como en el derecho, en contra del ciudadano: Giovanny Enrique Ríos Hernández: Venezolano, mayor de edad, natural de Yaritagua estado Yaracuy, de 19 años de edad, obrero, soltero, residenciado en Barrio el Calvario calle 10 casa S/N, Nirgua del Estado Yaracuy , por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor Agravado, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto Y robo de Vehículos Automotores en concordancia con el articulo 6 ordinales 1°, 2°,3° , en perjuicio de Mervis de los Ángeles Sánchez Martínez, por cuanto se encuentra llenos los extremos del artículo 336 de la norma adjetiva penal. Segundo: Una vez admitid.....