DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA ORDEN DE APREHENSION contra del ciudadano NEDIXON ALEJANDRO ROJAS HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 19.712.583, venezolano, de 21 años de edad, estado civil soltero, de profesión Obrero, titular de la cédula de identidad N° 19.712.583, residenciado en la Urbanización Aminta Abreu calle 01, casa N° 35, Yaritagua Estado Yaracuy, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO (POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES), previstos y sancionados en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDUAR CASTILLO, por el delito Homicidio. Y visto que el mencionado ciudadano no ha podido ser capturado, se ORDENA SU APREHENSION por las fuerzas de coerción del país, de conformidad con lo dispuesto en los artícul.....