DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 5, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA DE PROTECCION y DE SU NÚCLEO FAMILIAR del ciudadano ANDRES ELOY BLANCO Titular de la Cedula de Identidad Nª 7.506.173, Venezolano de 48 años de edad, de profesión u oficio luchador social, residenciado en la urbanización Aminta Abreu, calle 1, casa Nª 54, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy; Consistente en RONDAS SUCESIVAS, por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, por un lapo de 90 días prorrogables a petición de la Unidad de Atención a la Victima.