DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 5, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA DE PROTECCION y DE SUS NÚCLEOS FAMILIARES de los ciudadanos: JUANA BAUTISTA ARROLLO PEREZ; Cédula de identidad Nª 7.559.004, residenciada n en el sector aldea, La Paz, manzana Nº 3, casa Nª 06, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy; ROSA HAYDEE SANCHEZ GATICA; Titular de la Cédula de identidad Nª 15.884.568, Residenciada en el sector Bolivariano 2, calle 2, entre 4 y 5, Casa S/N, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy; NELSON JOSE MARTINEZ RIVAS, titular de la cédula de identidad Nª 7.907.233, residenciado en la avenida perimetral sur, entrando por el preescolar Maria Luisa de Garrido detrás de la cancha del Sector Tierra Amarilla, Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy; Consistente en RONDAS SUCESIV.....